Ministerio
de Sanidad y Consumo
MSC, 2003. El Ministerio de Sanidad y Consumo publica un informe de actualización
titulado Evaluación actualizada de los campos electromagnéticos
en relación con la salud pública. En el informe se destaca
(p. 5) que el 2º informe del Comité Científico Director de la Unión
Europea en Toxicología, Ecotoxicología y Medio Ambiente indica en
sus conclusiones que
los análisis combinados de los estudios
epidemiológicos sobre la asociación entre exposición a frecuencias
extremadamente bajas y leucemia en niños, han reforzado la evidencia de
una asociación. Sin embargo, algunas inconsistencias en las mediciones
de la exposición y otros aspectos del diseño no permiten concluir
con una relación de causalidad y vuelve a destacar (p.6) la exposición
prolongada a niveles de CEM por encima de 0.4 microteslas se asocia al incremento
de leucemia en niños. En su página 11, también destaca que
la Organización Mundial de la Salud (OMS) ha recordado que su definición
de salud no se limita al bienestar físico de las personas, sino que también
contempla el bienestar psicológico y social.
Las consecuencias sobre el bienestar psicológico y social de los vecinos
de líneas eléctricas y otros focos electromagnéticos se está
viendo ampliamente alterada, resultando evidente que un amplísimo volumen
de vecinos afectados manifiestan síntomas evidentes característicos
de los trastornos de ansiedad y distímicos (insomnio, sentimiento de preocupación
e insatisfacción constante, pensamientos negativos recurrentes, sentimientos
de desamparo, estado de excitación permanente, palpitaciones, etc).
Resulta especialmente importante destacar que entre sus conclusiones también
destaca (3ª) que debe actualizarse la fórmula de referencia para
la distancia de seguridad a líneas de alta tensión, contempladas
en el artículo 25 del reglamento de líneas de alta tensión
y, más concretamente, en la página 7 del informe destaca debe
actualizarse el artículo 25 del Reglamento de Líneas de Alta Tensión
con el objeto de redefinir unas distancias mínimas de seguridad desde las
líneas de alta tensión a edificios, viviendas o instalaciones de
uso público o privado. En este sentido se señala que si se realiza
el soterramiento de las líneas, debe hacerse de forma eficaz y técnicamente
correcta, e ir acompañado de un sistema de información y señalización
adecuado que evite la exposición inadvertida. Además se adoptarán
las medidas adecuadas de apantallamiento de los campos electromagnéticos.
También destaca que (6ª) El principio de precaución debe aplicarse
bajo los criterios y condiciones establecidos por la Comisión Europea y
tomando el consideración el coste beneficio de la actuación